El Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas – PAE MYPE es un fondo de S/. 2 mil millones, estando destinado a garantizar créditos para capital de trabajo a favor de las MYPE que han sido más afectadas por cierres de actividades por COVID – 19.
Condiciones del crédito y/o características del crédito:
- Ser nuevos créditos, para lo cual los contratos o documentos que sustenten el otorgamiento se suscriben a partir de la entrada en vigencia del REGLAMENTO.
- Monto menor o igual a S/. 60 mil.
- El plazo de pago es de hasta 36 meses, incluyendo el período de gracia (12 meses)
- Se financia el capital de trabajo, no se puede utilizar para el pago de obligaciones vencidas y/o vigentes.
Requisitos a cumplir
- Tener la categoría “Normal” o “CPP” en la SBS a diciembre 2020, al menos en el 90% o más de sus operaciones crediticias en el sistema financiero. Ingresa al link: https://servicios.sbs.gob.pe/serviciosenlinea
- En caso no contar con clasificación en la Central de Riesgos de la SBS a diciembre 2020, haber estado en una categoría de “Normal”, considerando 12 meses previos al otorgamiento del crédito.
Datos importantes
- Vigencia: Hasta el 30 de setiembre de 2021.
- Fondo: S/. 2,000 millones y beneficiará a más de 156 mil MYPE.
- COFIDE administra el fondo y está en proceso de subasta para seleccionar entidades del sistema financiero y COOPAC.
- Donde pedir el PAE MYPE: Bancos, Financieras, Cajas Municipales, Cajas Rurales, EDPYME y Cooperativas que ganen las subastas, puede ingresar al siguiente link: https://www.cofide.com.pe/COFIDE/detalles1.php?id=1.
Actividades admitidas en el PAE MYPE
SECCIÓN | DIVISIÓN | ||
---|---|---|---|
C | INDUSTRIAS MANUFACTURAS. | C13 | Fabricación de Productos textiles. |
C14 | Fabricación de prendas de vestir. | ||
C15 | Fabricación de productosde cuero y productos conexos. | ||
C18 | Impresión y reproducción de grabaciones. | ||
G | COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; REPARACIÓN de VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS. | G46 | Comercio al por mayor, excepto el de vehículos automotores y motocicletas. |
G47 | Comercio al por menor, excepto el de vehículos automotores y motocicletas. | ||
H | TRANSPORTE Y ALMACEAMIENTO. | H49 | Transporte por vía terrestre y por tuberías |
H50 | Trasnporte por vía acuática. | ||
I | ACTIVIDADES DE ALOJAMIENTO Y DE SERVICIO DE COMIDAS. | I55 | Actividades de alojamiento. |
I56 | Servicio de alimento y bebida. | ||
J | INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN. | J58 | Actividades de publicación. |
J59 | Actividades de producción de películas cinematográficas, vídeos y programas de televisión, grabación de sonido y edición de música. | ||
M | ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS. | M70 | Actividades de oficinas principales; actividades de consultoría de gestión. |
M71 | Actividades de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos. | ||
M73 | Publicidad y estudios de mercado. | ||
M74 | Otras actividades profesionales, científicas y técnicas. | ||
N | ACTIVIDADES DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE APOYO. | N77 | Actividades de alquiler y arrendamiento. |
N78 | Actividades de empleo. | ||
N79 | Actividades de agencias de viaje, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades conexas. | ||
N81 | Actividades de servicios a edificios y paisajismo. | ||
N82 | Actividades administrativas y de apoyo de oficina y otras actividades de apoyo a las empresas. | ||
R | ARTES, ENTRETENIMIENTO Y RECREACIÓN. | R90 | Actividades creativas, artísticas y de entretenimiento. |
R91 | Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales. | ||
R93 | Actividades deportivas, de esparcimiento y recreativas. | ||
S | OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS. | S95 | Reparación de computadores y de efectos personales y enseres domésticos. |